La protección por cese de actividad para los autónomos.

Grupo Oddo contable en Torrent, contable en Manises, contable en Quart de Poblet, contable Mislata, contable Valencia, contable en Sueca, contable en Paiporta.

El día 1 de enero de 2019, tras aprobación del Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, se aprueba la protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos, que tiene como fin último ofrecer una prestación a aquellos profesionales que se ven obligados a cerrar su negocio por distintas causas. Desde 2010 se podía cotizar para tener derecho a esta prestación, pero era opcional. Desde 2019 se convierte en obligatorio para autónomos en el RETA, los del sistema Agrario que opten por su cobertura y los del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Requisitos.

Para optar a la protección por cese de actividad, tendrás que cumplir una serie de requisitos que justifiquen el cierre de tu negocio:

  • Causas económicas.
  • Motivos de causa mayor.
  • Pérdida de licencia administrativa.
  • Violencia de género.
  • Divorcio o separación matrimonial si el autónomo ejerciera funciones de ayuda familiar en el negocio de su ex cónyuge o de la persona de la que se ha separado.

Además de justificar el motivo del cierre del negocio, tienes que cumplir otra serie de parámetros que marca la Seguridad Social:

  • Estar dado de alta en el RETA a la fecha del cese.
  • Haber solicitado la baja a causa del Cese de Actividad.
  • Tener al menos, doce meses continuados e inmediatamente anteriores al cese, incluyendo el mes de cierre.
  • Que hayan transcurrido al menos 18 meses desde que cobreaste la última prestación por cese.
  • Estar al corriente de pago de las cotizaciones.
¿Cuánto tiempo dura la prestación?

Pues depende de los meses cotizados, como en Régimen General. El periodo máximo en el que se puede recibir la prestación es de dos años y el mínimo de 4 meses.

Meses cotizados

Meses de prestación a los que se tienen derecho (en meses)

12 a 17

4

18 a 23

6

24 a 29

8

30 a 35

10

36 a 42

12

43 a 47

16

De 48 en adelante

24

 ¿Cómo se calcula la prestación?

La prestación por cese de actividad es del 70% de la base reguladora (media de las cotizaciones de los 12 meses anteriores al cese).

Existen también cuantías mínimas y máximas. La cuantía mínima es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM en adelante, si no tienes hijos a tu cargo, y del 107% si los tienes. 

La cuantía máxima es del 175% del IPREM. Si tienes un hijo o hija a tu cargo la cuantía máxima será del 200%, y si tienes más hijos será el 225% del IPREM (en 2022 es de 579,02 euros).

Es decir, si hacemos cálculos rápidos, para un trabajador autónomo que quiera acceder a la cuantía máxima de esta prestación en 2022, habrá tenido que tener una base reguladora, los últimos 12 meses, cercana a los 1.500 euros mensuales y haber abonado una cuota mensual de 459 euros.

¡Contacte!

© Grupo Oddo. Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de este artículo, sólo puede ser realizada con la autorización de los titulares, salvo excepción prevista por ley. Para más información consulte nuestra política de privacidad aquí.

Grupo Oddo Contabilidad y asesoría contable de Empresas en Manises
Grupo Oddo administrador de fincas y garajes en Manises, Quart de Poblet, Mislata, Sueca, Paiporta y Valencia.
info

horario

Lunes a jueves de:
9h. a 14h. y de 17h. a 19h.

Viernes de 8h. a 15h.

Fuera de este horario, mediante cita previa: info@grupooddo.es

Dirección

Calle Balmes, 2, Bajo, Manises

TELÉFONO

613 013 712

Contacta con nosotros

Grupo Oddo

Grupo Oddo nace con el objetivo de ofrecer una amplia gama de servicios especializados. Apostamos por la flexibilidad para adaptarnos a las necesidades de nuestros clientes y la garantía de calidad a través de profesionales altamente cualificados. 

Estamos en las principales redes sociales y portales de búsqueda de profesionales.