El fondo de reserva en la comunidad de propietarios
El fondo de reserva en la comunidad de propietarios es una de las partidas habituales en los presupuestos de las comunidades de propietarios sobre las que siempre hay dudas. En el post de hoy vamos a intentar dar más luz sobre este concepto.
El fondo de reserva es una partida que tiene que ir en todos los presupuestos anuales de las comunidades de propietarios, con un montante mínimo del 10% (anteriormente el 5%) del presupuesto anual y que va destinado, según el artículo 10.1. de la Ley de División Horizontal, a poder hacer frente a gastos necesarios que sean urgentes o extraordinarios. La finalidad de este concepto en el presupuesto es clara. Todas las comunidades tienen que tener capacidad económica (ahorro) para poder hacer frente a imprevistos urgentes de arreglar en obras de reparación, conservación, rehabilitación, mejoras de accesibilidad (obligatorias si un vecino las solicita), mejoras de eficiencia energética e instalación ce energías renovable.
No se debe cargar gastos de mantenimiento ordinario al fondo de reserva y si se hace, se deberá reponer urgentemente con una derrama, hasta reponerlo a su mínimo técnico (10%).
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