El modelo 115 para autónomos es la declaración trimestral de retenciones por arrendamientos. Están obligados a presentarlos aquellos autónomos que paguen un alquiler por su local, oficina o taller. No se presentará si son alquileres de vivienda que disfrutan los trabajadores, los alquileres que no superen los 900 € y cuando el arrendador acredite estar en el epígrafe 861 mediante un certificado de exoneración de rentas de arrendamiento.
Este modelo es trimestral y se tiene que pagar y presentar telemáticamente dentro de los siguientes plazos: del 1 al 20 de abril, del 1 al 20 de julio, del 1 al 20 de septiembre y del 1 al 20 de enero.
Básicamente en el modelo se detallan el número de perceptores, las bases de las retenciones de alquiler y las retenciones. La suma de estas retenciones es lo que se deberá abonar cuando se presenta el modelo.
Modelo 180.
Una vez acabada el ejercicio se presenta su resumen anual mediante la declaración del modelo 180. Es un sumatorio de las retenciones declaradas en los modelos trimestrales del 115, donde además, se detallará la identidad de los perceptores.
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