El modelo 111 para autónomos recoge las retenciones de IRPF practicadas por estos durante un periodo de tiempo.
¿A quién se práctica retenciones por IRPF? Básicamente a los trabajadores que se tenga contratados (incluye sueldos dinerarios, en especie e indemnizaciones), a los profesionales contratados que estén obligados a ello, a actividades empresariales en estimación objetiva (obligados a retener un 1%) y cuando se obtengan premios en participación de juegos o en cesiones de imagen.
Este modelo (imagen en artículo) es trimestral y se tiene que pagar y presentar telemáticamente dentro de los siguientes plazos: del 1 al 20 de abril, del 1 al 20 de julio, del 1 al 20 de septiembre y del 1 al 20 de enero.
Básicamente, en el modelo hay que detallar el número de perceptores que se les ha aplicado retención, importe de las bases de las percepciones e importe de las retenciones, en cada uno de los apartados mencionados en el segundo párrafo de este subapartado.
Modelo 190.
Mencionar que en el modelo informativo 190 que recoge el resumen de los 111 presentados trimestralmente, se tendrá que detallar los datos completos (nombre, DNI…etc.) de cada trabajador o profesional al que se le haya practicado una retención, así como los importes retenidos. Estos datos son los que la AEAT tendrá de cada contribuyente cuando éstos tengan que realizar la declaración de IRPF (modelo 100). Esta declaración informativa anual se presenta del 1 al 31 de enero de cada año.
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